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En el año y medio que vivió Calasanz junto al obispo Urríes tuvo que presenciar y compartir situaciones problemáticas o simplemente enterarse de conflictos y pleitos que no faltan nunca en las curias episcopales. Eran experiencias nuevas, casos y cosas de la vida eclesiástica de su época, algunas relacionadas con la vida religiosa en su aspecto menos ejemplar y agradable, pero real. No todo era virtud, santidad, piedad profunda, pobreza, caridad como se transparentaba en la conducta del dominico Urríes y demás frailes que le acompañaban. Pero todos los aspectos, los buenos y los malos, empezaban a acumularse como experiencias en el alma de quien un día sería fundador de una Orden religiosa.
 
En el año y medio que vivió Calasanz junto al obispo Urríes tuvo que presenciar y compartir situaciones problemáticas o simplemente enterarse de conflictos y pleitos que no faltan nunca en las curias episcopales. Eran experiencias nuevas, casos y cosas de la vida eclesiástica de su época, algunas relacionadas con la vida religiosa en su aspecto menos ejemplar y agradable, pero real. No todo era virtud, santidad, piedad profunda, pobreza, caridad como se transparentaba en la conducta del dominico Urríes y demás frailes que le acompañaban. Pero todos los aspectos, los buenos y los malos, empezaban a acumularse como experiencias en el alma de quien un día sería fundador de una Orden religiosa.
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La primera firma que estampó Calasanz como familiar del Obispo de Barbastro, el 10 de febrero de 1584, nos lo presenta como testigo fehaciente de la sentencia definitiva, dada por Urríes, a un largo pleito monástico. El 9 de octubre de 1576 había sido depuesta la priora del Monasterio de Alguayre, doña Jerónima de Mongay, y encerrada en una celda por orden del Gran Prior de la Orden de los Hospitalarios de San Juan de Jerusalén, en Cataluña, fray Agustín de Argensola. Se la había acusado de graves irregularidades en la administración de las rentas del monasterio, de faltas de observancia, de complicidad con los bandoleros que por aquellos años merodearon por Alguayre y por las cercanías de Lérida. Estaba también complicado en estos conflictos particularmente en las batidas y componendas con los bandoleros, el hermano de la Priora, mosén Juan de Mongay, Procurador del Monasterio.
 
La primera firma que estampó Calasanz como familiar del Obispo de Barbastro, el 10 de febrero de 1584, nos lo presenta como testigo fehaciente de la sentencia definitiva, dada por Urríes, a un largo pleito monástico. El 9 de octubre de 1576 había sido depuesta la priora del Monasterio de Alguayre, doña Jerónima de Mongay, y encerrada en una celda por orden del Gran Prior de la Orden de los Hospitalarios de San Juan de Jerusalén, en Cataluña, fray Agustín de Argensola. Se la había acusado de graves irregularidades en la administración de las rentas del monasterio, de faltas de observancia, de complicidad con los bandoleros que por aquellos años merodearon por Alguayre y por las cercanías de Lérida. Estaba también complicado en estos conflictos particularmente en las batidas y componendas con los bandoleros, el hermano de la Priora, mosén Juan de Mongay, Procurador del Monasterio.
  
Intervinieron en el asunto varios jueces eclesiásticos y se sucedieron diversas apelaciones, interesándose también las jerarquías civiles de Cataluña, por orden de Felipe II. Al fin apeló la Priora al Nuncio Apostólico, quien encomendó la causa al Obispo de Barbastro, don Felipe de Urríes. Y 'el dicho Obispo de Barbastro por su auto o sentencia repuso todo lo hecho y attentado por el dicho Prior de Cataluña y mandado restituir a la dicha Priora en la possessión del dicho su Priorato de que había sido desposeída'.<ref group='Notas'>Cf. J. POCH, o.c., p.296; J. R. MONER, ‘San José de Calasanz y el bandolerismo en la Corona de Aragón’: AnCal 9 (1963) 117-119.</ref> Y al pie de esa sentencia firmó como testigo José Calasanz.
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Intervinieron en el asunto varios jueces eclesiásticos y se sucedieron diversas apelaciones, interesándose también las jerarquías civiles de Cataluña, por orden de Felipe II. Al fin apeló la Priora al Nuncio Apostólico, quien encomendó la causa al Obispo de Barbastro, don Felipe de Urríes. Y 'el dicho Obispo de Barbastro por su auto o sentencia repuso todo lo hecho y attentado por el dicho Prior de Cataluña y mandado restituir a la dicha Priora en la possessión del dicho su Priorato de que había sido desposeída'.<ref group='Notas'>Cf. J. POCH, o.c., p.296; J. R. MONER, ‘San José de Calasanz y el bandolerismo en la Corona de Aragón’: AnCal 9 (1963) 117-119.</ref> Y al pie de esa sentencia firmó como testigo José Calasanz.
  
La creación de la diócesis de Barbastro en 1571 se hizo a expensas de las de Huesca y Lérida y parte de las rentas de los monasterios de Montearagón y San Victorián. Concretamente de este último se anexionaron a la nueva diócesis 51 pueblos, cuya jurisdicción tanto espiritual como temporal había pertenecido a la famosa abadía.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. España Sagrada, 48, p.43-46.&lt;/ref&gt; Todo ello no se hizo sin protestas, apelaciones, pleitos y demás complicaciones. Y siendo Fray Felipe de Urríes el primer obispo de la nueva diócesis, tuvo que arrastrar durante su pontificado las consecuencias de todo ello. Todavía en los años 1584 y 1585, cuando Calasanz era su familiar, continuaban los pleitos con el Abad y Monasterio de San Victorián, con intervención personal de Felipe II, que fue el promotor de este y otros nuevos obispados, como el de Jaca, Albarracín, Solsona, etc&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. J. POCH, o.c., p.3O2.&lt;/ref&gt; .
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La creación de la diócesis de Barbastro en 1571 se hizo a expensas de las de Huesca y Lérida y parte de las rentas de los monasterios de Montearagón y San Victorián. Concretamente de este último se anexionaron a la nueva diócesis 51 pueblos, cuya jurisdicción tanto espiritual como temporal había pertenecido a la famosa abadía.<ref group='Notas'>Cf. España Sagrada, 48, p.43-46.</ref> Todo ello no se hizo sin protestas, apelaciones, pleitos y demás complicaciones. Y siendo Fray Felipe de Urríes el primer obispo de la nueva diócesis, tuvo que arrastrar durante su pontificado las consecuencias de todo ello. Todavía en los años 1584 y 1585, cuando Calasanz era su familiar, continuaban los pleitos con el Abad y Monasterio de San Victorián, con intervención personal de Felipe II, que fue el promotor de este y otros nuevos obispados, como el de Jaca, Albarracín, Solsona, etc<ref group='Notas'>Cf. J. POCH, o.c., p.3O2.</ref> .
  
En 1610 escribía Labaña concretamente de la Villa de Graus: 'la jurisdicción civil es del obispo y la criminal es de Ribagorza, porque siendo toda de San Victorián, los abades encomendaron la criminal a los condes de Ribagorza y la civil quedó ahora al obispo, cuando se hizo la separación'.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. J. GARCÍA MERCADAL, o.c., II, p.221.&lt;/ref&gt; Tuvo Urríes particular predilección por esta Villa, en la que se había fundado a mediados de siglo el Santuario de Nuestra Señora de la Peña, cuya iglesia empezó a construir él mismo, y la terminó hacia 1650 el obispo de Huesca don Esteban de Esmir, hijo de la Villa.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. A. SANZ LAVILLA, ‘Santuarios y ermitas de la diócesis de Barbastro’ (Barbastro 1953).&lt;/ref&gt;
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En 1610 escribía Labaña concretamente de la Villa de Graus: 'la jurisdicción civil es del obispo y la criminal es de Ribagorza, porque siendo toda de San Victorián, los abades encomendaron la criminal a los condes de Ribagorza y la civil quedó ahora al obispo, cuando se hizo la separación'.<ref group='Notas'>Cf. J. GARCÍA MERCADAL, o.c., II, p.221.</ref> Tuvo Urríes particular predilección por esta Villa, en la que se había fundado a mediados de siglo el Santuario de Nuestra Señora de la Peña, cuya iglesia empezó a construir él mismo, y la terminó hacia 1650 el obispo de Huesca don Esteban de Esmir, hijo de la Villa.<ref group='Notas'>Cf. A. SANZ LAVILLA, ‘Santuarios y ermitas de la diócesis de Barbastro’ (Barbastro 1953).</ref>
  
En los últimos años de su vida, precisamente aquellos en que era su familiar José de Calasanz, aquejado de dolorosa enfermedad, se desentendía del ministerio de la predicación y se retiraba con frecuencia a Graus. Y esta situación provocó las quejas del cabildo, que recurrió a sus procuradores en Roma, en carta del 6 de diciembre de 1584, acusándole no sólo de que descuidaba la predicación, sino también de otras cosas referentes a las rentas y primicias de la diócesis; que 'residiendo casi siempre en su villa de Graus, no dejaba poderes bastantes al Vicario general para administrar justicia…; que intentaba la omnímoda jurisdicción y punición sobre los canónigos y que daba beneficios sin contar con el cabildo…'.&lt;ref group='Notas'&gt;Cf. ‘España Sagrada’, 48, p.49-50.&lt;/ref&gt;
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En los últimos años de su vida, precisamente aquellos en que era su familiar José de Calasanz, aquejado de dolorosa enfermedad, se desentendía del ministerio de la predicación y se retiraba con frecuencia a Graus. Y esta situación provocó las quejas del cabildo, que recurrió a sus procuradores en Roma, en carta del 6 de diciembre de 1584, acusándole no sólo de que descuidaba la predicación, sino también de otras cosas referentes a las rentas y primicias de la diócesis; que 'residiendo casi siempre en su villa de Graus, no dejaba poderes bastantes al Vicario general para administrar justicia…; que intentaba la omnímoda jurisdicción y punición sobre los canónigos y que daba beneficios sin contar con el cabildo…'.<ref group='Notas'>Cf. ‘España Sagrada’, 48, p.49-50.</ref>
  
Particular interés presenta la última acusación, de la que luego se dice: 'Sus desavenencias con el cabildo acerca de la provisión de dignidades y canongías vacantes en los meses ordinarios, se arreglaron por medio de una concordia, en que se dispuso que el Obispo y el cabildo las proveyesen alternativamente, concurriendo ambos a la colación… Sixto V confirmó esta concordia por su bula dada en Roma en las calendas de mayo de 1585'.&lt;ref group='Notas'&gt;Ib., p.50.&lt;/ref&gt;
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Particular interés presenta la última acusación, de la que luego se dice: 'Sus desavenencias con el cabildo acerca de la provisión de dignidades y canongías vacantes en los meses ordinarios, se arreglaron por medio de una concordia, en que se dispuso que el Obispo y el cabildo las proveyesen alternativamente, concurriendo ambos a la colación… Sixto V confirmó esta concordia por su bula dada en Roma en las calendas de mayo de 1585'.<ref group='Notas'>Ib., p.50.</ref>
  
 
El joven sacerdote de Peralta fue testigo de estas 'desavenencias', y, a pesar de la concordia confirmada por la bula papal, volverán a surgir en años posteriores, precisamente cuando el mismo José Calasanz desde Roma intentará conseguir una canonjía vacante en la catedral de Barbastro. Afortunadamente no la consiguió.
 
El joven sacerdote de Peralta fue testigo de estas 'desavenencias', y, a pesar de la concordia confirmada por la bula papal, volverán a surgir en años posteriores, precisamente cuando el mismo José Calasanz desde Roma intentará conseguir una canonjía vacante en la catedral de Barbastro. Afortunadamente no la consiguió.
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06.07. Otras experiencias en Barbastro

En el año y medio que vivió Calasanz junto al obispo Urríes tuvo que presenciar y compartir situaciones problemáticas o simplemente enterarse de conflictos y pleitos que no faltan nunca en las curias episcopales. Eran experiencias nuevas, casos y cosas de la vida eclesiástica de su época, algunas relacionadas con la vida religiosa en su aspecto menos ejemplar y agradable, pero real. No todo era virtud, santidad, piedad profunda, pobreza, caridad como se transparentaba en la conducta del dominico Urríes y demás frailes que le acompañaban. Pero todos los aspectos, los buenos y los malos, empezaban a acumularse como experiencias en el alma de quien un día sería fundador de una Orden religiosa.

La primera firma que estampó Calasanz como familiar del Obispo de Barbastro, el 10 de febrero de 1584, nos lo presenta como testigo fehaciente de la sentencia definitiva, dada por Urríes, a un largo pleito monástico. El 9 de octubre de 1576 había sido depuesta la priora del Monasterio de Alguayre, doña Jerónima de Mongay, y encerrada en una celda por orden del Gran Prior de la Orden de los Hospitalarios de San Juan de Jerusalén, en Cataluña, fray Agustín de Argensola. Se la había acusado de graves irregularidades en la administración de las rentas del monasterio, de faltas de observancia, de complicidad con los bandoleros que por aquellos años merodearon por Alguayre y por las cercanías de Lérida. Estaba también complicado en estos conflictos particularmente en las batidas y componendas con los bandoleros, el hermano de la Priora, mosén Juan de Mongay, Procurador del Monasterio.

Intervinieron en el asunto varios jueces eclesiásticos y se sucedieron diversas apelaciones, interesándose también las jerarquías civiles de Cataluña, por orden de Felipe II. Al fin apeló la Priora al Nuncio Apostólico, quien encomendó la causa al Obispo de Barbastro, don Felipe de Urríes. Y 'el dicho Obispo de Barbastro por su auto o sentencia repuso todo lo hecho y attentado por el dicho Prior de Cataluña y mandado restituir a la dicha Priora en la possessión del dicho su Priorato de que había sido desposeída'.[Notas 1] Y al pie de esa sentencia firmó como testigo José Calasanz.

La creación de la diócesis de Barbastro en 1571 se hizo a expensas de las de Huesca y Lérida y parte de las rentas de los monasterios de Montearagón y San Victorián. Concretamente de este último se anexionaron a la nueva diócesis 51 pueblos, cuya jurisdicción tanto espiritual como temporal había pertenecido a la famosa abadía.[Notas 2] Todo ello no se hizo sin protestas, apelaciones, pleitos y demás complicaciones. Y siendo Fray Felipe de Urríes el primer obispo de la nueva diócesis, tuvo que arrastrar durante su pontificado las consecuencias de todo ello. Todavía en los años 1584 y 1585, cuando Calasanz era su familiar, continuaban los pleitos con el Abad y Monasterio de San Victorián, con intervención personal de Felipe II, que fue el promotor de este y otros nuevos obispados, como el de Jaca, Albarracín, Solsona, etc[Notas 3] .

En 1610 escribía Labaña concretamente de la Villa de Graus: 'la jurisdicción civil es del obispo y la criminal es de Ribagorza, porque siendo toda de San Victorián, los abades encomendaron la criminal a los condes de Ribagorza y la civil quedó ahora al obispo, cuando se hizo la separación'.[Notas 4] Tuvo Urríes particular predilección por esta Villa, en la que se había fundado a mediados de siglo el Santuario de Nuestra Señora de la Peña, cuya iglesia empezó a construir él mismo, y la terminó hacia 1650 el obispo de Huesca don Esteban de Esmir, hijo de la Villa.[Notas 5]

En los últimos años de su vida, precisamente aquellos en que era su familiar José de Calasanz, aquejado de dolorosa enfermedad, se desentendía del ministerio de la predicación y se retiraba con frecuencia a Graus. Y esta situación provocó las quejas del cabildo, que recurrió a sus procuradores en Roma, en carta del 6 de diciembre de 1584, acusándole no sólo de que descuidaba la predicación, sino también de otras cosas referentes a las rentas y primicias de la diócesis; que 'residiendo casi siempre en su villa de Graus, no dejaba poderes bastantes al Vicario general para administrar justicia…; que intentaba la omnímoda jurisdicción y punición sobre los canónigos y que daba beneficios sin contar con el cabildo…'.[Notas 6]

Particular interés presenta la última acusación, de la que luego se dice: 'Sus desavenencias con el cabildo acerca de la provisión de dignidades y canongías vacantes en los meses ordinarios, se arreglaron por medio de una concordia, en que se dispuso que el Obispo y el cabildo las proveyesen alternativamente, concurriendo ambos a la colación… Sixto V confirmó esta concordia por su bula dada en Roma en las calendas de mayo de 1585'.[Notas 7]

El joven sacerdote de Peralta fue testigo de estas 'desavenencias', y, a pesar de la concordia confirmada por la bula papal, volverán a surgir en años posteriores, precisamente cuando el mismo José Calasanz desde Roma intentará conseguir una canonjía vacante en la catedral de Barbastro. Afortunadamente no la consiguió.

Como familiar que fue, es lógico pensar que acompañara a veces a su obispo en sus frecuentes visitas y permanencias en Graus, y concretamente en el Santuario de Nuestra Señora de la Peña, uno de los primeros de la larga lista que irá formando en España y en Italia, acrecentando con ello su profunda devoción mariana.

Notas

  1. Cf. J. POCH, o.c., p.296; J. R. MONER, ‘San José de Calasanz y el bandolerismo en la Corona de Aragón’: AnCal 9 (1963) 117-119.
  2. Cf. España Sagrada, 48, p.43-46.
  3. Cf. J. POCH, o.c., p.3O2.
  4. Cf. J. GARCÍA MERCADAL, o.c., II, p.221.
  5. Cf. A. SANZ LAVILLA, ‘Santuarios y ermitas de la diócesis de Barbastro’ (Barbastro 1953).
  6. Cf. ‘España Sagrada’, 48, p.49-50.
  7. Ib., p.50.